El Tribunal Europeo de DDHH califica de ilegales las devoluciones en caliente
En El Candelero (RVK, 107.5 FM) analizamos con Margarita Martínez Escamilla (Inmigrapenal) la actualidad de las devoluciones en caliente tras la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que las califica claramente de ilegales.
En varias ocasiones hemos analizado en este programa la cuestión de las mal llamadas devoluciones en caliente que se producen de forma frecuente en la frontera sur española, la que compartimos con Marruecos. Su ilegalidad ha sido denunciada desde hace años por colectivos de apoyo a migrantes, pero el gobierno español sigue defendiendo que no son ilegales. En el mes de octubre, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo condenó a España a indemnizar con 5.000 euros a dos personas que cruzaron de manera irregular la frontera con Marruecos en Melilla y que fueron inmediatamente expulsadas de vuelta a territorio marroquí, en contra de su voluntad, sin comprobarse en ningún momento su identidad, sin poder explicar su situación personal ni recibir asistencia de abogados, intérpretes o personal médico.
Margarita Martínez Escamilla, Catedrática de derecho penal de la UCM y miembro del grupo de investigación Inmigrapenal, analiza la sentencia que supone la clara calificación de ilegales de dichas expulsiones en frontera, dado que son contrarias al Convenio Europeo de DDHH que prohíbe las expulsiones colectivas y establece también la necesidad de que la actuación del Estado pueda ser impugnada si fuera necesario. Las mal llamadas expulsiones en caliente vulneran ambos derechos.
Aún quedan por sentenciar dos casos más sobre los que tiene que pronunciarse Estrasburgo en los que se invoca la prohibición de tratos inhumanos y degradantes recogida en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Veremos si esta sentencia cambia la forma de actuar que la fiscalía y la guardia civil han venido realizando hasta ahora, siguiendo las instrucciones del gobierno español.
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