Sobrevivir no es delito

Este es un manifiesto  dirigido a aquellos que creemos que las vidas de todas las personas valen lo mismo…

…En el año 2010, gracias a un enorme trabajo de organización y visibilización de la problemática por parte de colectivos de manteros de todo el Estado, la venta ambulante o «top manta» no se llegó a despenalizar, que era el objetivo buscado, pero sí se introdujo, al menos, un tipo muy atenuado. Esto es, para determinadas situaciones, como las que nos ocupan, la pena pasaba de cárcel a multas y trabajos en beneficio de la comunidad.

Esta situación se mantuvo hasta el año 2015, momento en el que entró en vigor una de las reformas más restrictivas y cuestionadas del Código Penal, que volvió a penalizar con penas de prisión esas conductas en su artículo 274.3.

Por todo esto, hoy pedimos que las instituciones vuelvan a reconocer, como lo han venido haciendo durante los cinco años anteriores al 2016, que la venta al por menor de productos protegidos por las leyes de propiedad industrial e intelectual, no puede ser penalizada como delito y afectada por penas de multas y de privación de libertad…

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